lunes, 18 de junio de 2012

CLASIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS ACCIONES


Son aquellas que se emiten ofreciendo un dividendo mínimo del 5% sobre el valor nominal de las acciones. Los poseedores de este tipo de acción, tienen las siguientes prerrogativas:

1.      Si en algún ejercicio no hubiese ganancias o no alcanzan a cubrir el mínimo del 5% legal, se pagarán en los ejercicios siguientes en los que se generen utilidades.
2.      Si la sociedad estuviese en liquidación, estas acciones se pagan con antelación a las acciones ordinarias.
3.      Sus tenedores tienen prioridad para suscribir nuevas acciones en otra emisión.
Las acciones con valor nominal son aquellas que en el título mismo indican su valor nominal; las que no tienen valor nominal son aquéllas en las que no consta el importe o valor alguno en el título correspondiente.
Cuando el título principal represente una acción y dos o más acciones respectivamente.
Las acciones pagadoras son las acciones pendientes de pago; a las liberadas, se les denomina así a las acciones que han sido pagadas en su totalidad.
Son aquellas en las cuales consta el nombre del socio o accionista; serán negociables cuando puedan circular de acuerdo con el contrato social; serán no negociables cuando el contrato social no permita su circulación. En México las acciones siempre son nominativas.

Son aquellas que habrán de exhibirse en todo o en parte, con bienes distintos al efectivo.
Son aquéllas cuyo valor de aportación se reembolsa a sus propietarios con antelación a la liquidación de la sociedad, de conformidad con lo asentado en el contrato social. 

Son las que nacen con el privilegio especial de gozar del dividendo acumulativo, y al terminar el décimo ejercicio  social se convertirán en acciones ordinarias.
Se trata de acciones pagaderas cuyas exhibiciones no fueron cubiertas en los plazos convenidos.










No hay comentarios:

Publicar un comentario